El martes 9 de junio, el Gobierno aprobará en el Consejo de Ministros la futura Ley contra la Violencia en la Infancia que obligará a denunciar al cónyuge y a los familiares cercanos de la persona que haya cometido un hecho delictivo cuando se trate de un delito grave cometido contra una persona menor de edad.
Europa Press informa que el Gobierno de España no ha especificado si será delito cuando no se proceda a la denuncia o hasta qué grado de consanguinidad afecta esta obligación. El paso que da esta Ley es que, a partir de su aprobación, la ciudadanía tendrá el deber de comunicar cualquier situación de violencia contra los niños, niñas o adolescentes a la autoridad aún cuando no sea delito, especialmente entre aquellos colectivos profesionales que tengan un contacto habitual con personas menores de edad como es el caso del profesorado.
En esta futura Ley se privará de la patria potestad a los penados por homicidio o por asesinato, en el caso de que el autor y la víctima tuvieran un hijo o hija en común y cuando la víctima fuera hijo o hija del autor.
Aunque no se han concretado algunos puntos, parece que la norma concederá nuevos derechos a las víctimas de violencia de género cuando el autor de los hechos se una persona menor de edad.
Uno de los objetivos de la norma es extender el tiempo de prescripción de los delitos más graves cometidos contra personas menores de edad, de forma que el plazo de prescripción cuente a partir de que la víctima tenga treinta años de edad. Esto, como ya se publicó en este diario, es un importante cambio respecto a cómo estaba regulado hasta la fecha, donde el inicio del plazo para la prescripción comenzaba cuando la víctima cumplía 18 años de edad.
Para los delitos de odio se da una nueva tipificación, incorporando la edad como causa de discriminación, tanto sobre los niños, niñas y adolescentes como sobre las personas de edad avanzada, e incluyendo la aporofobia y la exclusión social dentro de estos tipos penales.
Otro avance con esta Ley será que se garantizará a los niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia, los derechos a la información, al asesoramiento y al apoyo, a una atención integral y a personarse en los procedimientos judiciales que se sigan. Además, se reconocerá el derecho a la asistencia jurídica gratuita de las personas menores de edad y de las personas con discapacidad necesitadas de especial protección que sean víctimas de delitos violentos graves, con independencia de la situación económica.
También se regulará el canal específico de denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos para garantizar una adecuada protección del derecho fundamental a la protección de datos personales y la rápida retirada de Internet de los contenidos que atenten gravemente contra el mismo.
En los centros educativos se creará la figura del coordinador o coordinadora de bienestar y protección y se definirán sus funciones ante todo acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y cualquier otra forma de violencia. Como ya se publicó en este diario, cualquier figura que se cree para proteger a la infancia, si se entiende desde un enfoque comunitario, puede impulsar un movimiento en la escuela de “todo el mundo a una” para la erradicación de la violencia porque sabemos por las evidencias científicas que los modelos dialógicos y de implicación de toda la comunidad son los más efectivos para lograr escuelas seguras libres de violencia.
Por último, se creará la figura de la persona delegada de protección en las entidades que realizan actividades deportivas o de ocio con menores de edad y los centros de protección deberán contar con protocolos de actuación para la prevención, detección precoz e intervención frente a las situaciones de violencia, como la trata de seres humanos, el abuso y la explotación sexual. Esta figura ya existe en otros países y se encarga de velar por lo que se conoce como “salvaguardas”. Se ha visto, en el mundo del deporte por ejemplo, que cuando se implementan medidas de protección a las víctimas empiezan a salir más casos, pero que un mensaje claro que hay que dar a los niños, niñas y adolescentes es que no están solos ni solas.
Con esta Ley se da un paso en la protección a la infancia, se deja claro que la neutralidad no puede contemplarse cuando menores están sufriendo violencia y que mirar a otro lado es estar de parte del agresor.
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