El pasado jueves 15 de marzo, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a WhatsApp y Facebook mediante una resolución por el uso indebido de los datos.
La Agencia ha declarado dos infracciones graves, multadas cada una con 300.000 euros: la primera a WhatsApp por haber cedido datos a Facebook sin el consentimiento previo de los usuarios y usuarias, y otra a Facebook por tratar esos datos para sus fines sin, de nuevo, consentimiento alguno.
WhatsApp fue adquirida por Facebook el año 2014 y entre 2016 y 2017 se introdujeron cambios tales como compartir información de los usuarios y usuarias de WhatsApp con Facebook. Este nuevo cambio se impuso de forma obligatoria, sin dar la información necesaria a las personas que utilizan dichas aplicaciones y/o redes sociales.
Como ocurrió en Francia el pasado diciembre de 2017, se planteó sancionar a estas entidades si no dejaban de transferir datos sin acuerdo previo con los usuarios y usuarias.
Todo hecho sin consentimiento previo debe ser denunciado, incluidas grandes entidades como lo son WhatsApp y Facebook. Pero, ante todo, se debe tener el permiso de las personas.
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