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La defensa de la joven que denunció al exfutbolista Dani Alves por agresión sexual ha anunciado que recurrirá la reciente sentencia absolutoria dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), alegando una evidente contradicción con el fallo previo de la Audiencia Provincial de Barcelona, que condenaba al acusado.

La abogada de la víctima expresó su desconcierto ante los medios:  “No puedo explicar legalmente a mi clienta cómo se ha producido esta sentencia”, afirmó, visiblemente indignada por el giro que ha dado el proceso judicial. Según la letrada, los argumentos del TSJC no solo contradicen los hechos ya probados por la instancia anterior, sino que dejan en evidencia una preocupante falta de coherencia en el sistema judicial.

La resolución del TSJC fue adoptada por unanimidad por cuatro magistrados —un hombre y tres mujeres—, dos de ellas identificadas en algunos medios como juezas “progresistas”, y una de ellas referida como “experta en género”, según el Debate. Sin embargo, la presencia de mujeres o de perfiles ideológicos específicos no debería utilizarse como argumento de legitimidad en una sentencia judicial. Lo que debería garantizar el fallo son los argumentos jurídicos expuestos, no el género ni la supuesta sensibilidad ideológica de quienes lo firman. Además, todas las que hemos defendido a víctimas en diferentes ámbitos sabemos que hay muchas mujeres que han ocupado cargos de igualdad, “expertas en género” que han actuado en contra de las víctimas.

Cuando dos tribunales, a partir de los mismos hechos, emiten fallos radicalmente opuestos —uno condenando y otro absolviendo—, se genera una inquietud legítima sobre el funcionamiento de la justicia. Esta sentencia evidencia que no hay una formación solida basada en evidencias científicas de impacto social, algo no está bien cuando el sistema judicial ofrece respuestas tan contradictorias en un caso de violencia sexual.

Más allá del simbolismo de quién juzga, el foco debe estar en cómo se interpretan los hechos y el consentimiento, especialmente en un contexto donde se exige a la justicia incorporar criterios científicos, jurídicos y sociales actualizados.  Decir que hay tres mujeres o una experta en género en la sala no puede ser el argumento que sostenga una sentencia. Lo esencial debe ser el razonamiento jurídico y su coherencia con los derechos de todas las partes, especialmente el de las víctimas.

Habrá que esperar a poder acceder a la sentencia en completo para analizar la argumentación jurídica contraria a la de la audiencia provincial de Barcelona, y apoyar a la víctima consternada al no comprender porque ahora le revocan la credibilidad de su testimonio. 

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