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Las investigaciones cada vez aportan mayor conocimiento e información sobre los abusos y la violencia sexual en la infancia, aunque esta sigue siendo una lacra social en gran medida silenciada. Por una parte, cuando algún caso se hace públicamente conocido, la reacción social en el conjunto de la población es de rechazo y condena de los hechos. Pero, por otra parte, aún muchas veces quienes deberían dar la primera respuesta y proteger a las víctimas directas o potenciales cuando éstas hacen sus primeras revelaciones, se siguen extrañando o incluso niegan su existencia en lugar de investigar o denunciar lo que está ocurriendo.

En este sentido el Informe que publicó Save The Children en 2017 “Ojos que no ven”, revelaba que sólo en un 15% de los casos de abuso sexual infantil conocidos una persona adulta responsable da credibilidad a una víctima cuando rompe el silencio o percibe una sintomatología congruente con el abuso sexual, y denuncia. Pero esos casos denunciados no continúan con el enjuiciamiento del agresor en 72 de cada 100 procedimientos, dictándose resolución de sobreseimiento y archivo, generalmente, por falta de prueba. La ONG extrajo estos datos comparando el número de denuncias al año que registra el Ministerio del Interior con el número de sentencias tres años después.

El  pasado 20 de noviembre, día Internacional de la Infancia, la Asociación de Mujeres Juristas Themis presentaba, con el impulso y la promoción de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, un Estudio sobre la respuesta judicial a la violencia sexual que sufren los niños y las niñas. Un análisis en el que se examinan 455 sentencias por agresiones sexuales en la infancia, dictadas en el territorio español entre 2010 y 2019, cuyo objetivo es valorar la respuesta institucional, legal y judicial en orden al cumplimiento de la normativa nacional e internacional vigente y la adecuación de las medidas que contemplan a los objetivos relacionados con la prevención, reparación, protección y sanción.

Themis destaca que el Estudio muestra cómo el 72% de las víctimas son niñas y la mayoría tiene entre 5 y 12 años, frente al 27% de niños. Además, la violencia sexual sobre menores es perpetrada en un 98% de los casos por hombres, quienes en el 74% de las ocasiones pertenecen al ámbito familiar o del entorno de la víctima. En el caso de las víctimas que son niñas, un 97% sufren agresiones y abusos, mientras que un 2’1% son víctimas de la pornografía y la prostitución. En el caso de las víctimas que son niños, un 56,1% sufren agresiones y abusos y el 47,8%, pornografía y prostitución. 

Otros datos que la Asociación destaca del Estudio son que casi el 76% de las denuncias analizadas son condenatorias y en el 64% no se trata de un hecho aislado sino que se ha cometido abuso de manera continuada sobre la víctima, o que en 51% de estos casos son las madres quienes denuncian en mayor medida la violencia sexual seguidas de las propias víctimas en el 18%.

El informe apuesta por la tan demandada ampliación del plazo de prescripción del delito, ya que la tardanza en las mismas es causa coadyuvante en la sentencia absolutoria. Por otro lado, aunque la ley establece la inhabilitación para ejercer profesiones que impliquen contacto con menores, se advierte que esta pena no se aplica en el 74% de las sentencias condenatorias, así como que la privación de la patria potestad no se acuerda en un 33% de las sentencias en las que el agresor es el padre y la víctima, la hija, aunque ésta sea pequeña. 

Se denuncia además, que, como en otras manifestaciones de la violencia de género, también las víctimas de violencia sexual en la infancia se encuentran con el problema de la incredibilidad apriorística, tal y como alerta la Recomendación 33, de 2015, del Comité de la CEDAW sobre el acceso de las mujeres a la justicia, y con constructos como el denostado Síndrome de Alienación Parental (SAP) que, aún ocultando su nombre, se usa en sede judicial. Y se utiliza tanto en informes periciales como en resoluciones para negar la realidad de los ataques a la indemnidad sexual de niños y niñas cuando se indica que el atacante es el padre, aunque esté corroborada por el relato de la víctima, atribuyéndole sin menor prueba a inducción materna [..,] Al hilo de lo cual, Themis, propone sancionar disciplinariamente la utilización del SAP.  Otra de las propuestas que la Asociación realiza al finalizar el documento es que la inmediatez en la toma de medidas cautelares prevista en las órdenes de protección para la violencia en el ámbito familiar se haga extensiva a todos los delitos en los que las víctimas son menores. 

La protección de la infancia y adolescencia frente a la violencia sexual es una preocupación en aumento que se ve reflejada en las normas, convenios internacionales y directivas europeas que han surgido en los últimos veinte años, y de los Objetivos de Desarollo Sostenible para la Agenda 2030 y su obligada asunción y ratificación por parte de España. Estos instrumentos legales tratan de dar una respuesta global ante nuevas manifestaciones y retos que los ataques a la libertad sexual de la infancia como la trata, explotación sexual y pornografía infantil o el incremento de la violencia sexual entre menores de edad entre los años 2016 y 2017, nos plantean. Pero necesitan de la concienciación por parte de la totalidad de la población como un problema que nos afecta a todas las personas independientemente de lo cerca o lejos que lo sintamos y para el que debemos generar mecanismos eficaces con el fin de proteger, defender y cuidar a quienes por sí mismos o mismas no pueden.

Esto incluye desde las personas que se encuentran en puestos de primera línea para la detección, como pueden ser las escuelas o los servicios sanitarios, hasta los servicios y agentes de la justicia que deberán aplicar los cauces existentes para imponer sentencias contundentes y alejar a los agresores del que es el bien más preciado en una sociedad y su futuro, la infancia.

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