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El Tribunal Supremo ha sentenciado la agresión de un hombre a una mujer fuera de la consideración de violencia de género, ya que su relación, que no duró más de 15 días no se puede considerar relación de pareja; dado que la Ley Integral contra la violencia de género 1/2004 no considera como tal una relación en dichas condiciones. Esta Ley, enmarca bajo el concepto de violencia de género aquellas agresiones perpetuadas por la pareja o la expareja de la víctima. Sin embargo, la realidad nos demuestra una vez más que precisamente uno de los errores de esta Ley Orgánica fue el de no contemplar las relaciones esporádicas como violencia de género. 

Según informa Europa Press en el caso de esta agresión, el magistrado confirmó la condena dictada en la Audiencia Provincial de Álava en la que acusa al hombre por delito de agresiones y delito leve de amenazas, habiéndose absuelto la acusación por agresión sexual. Esta decisión ha estado basada en las máximas de la experiencia, que es lo que se conoce como Derecho común, que, a diferencia del Derecho civil, tiene como fuente principal las decisiones tomadas por los tribunales incluyendo las normas no escritas y muchas veces no sancionables.  

En el ámbito internacional las relaciones esporádicas están integradas dentro de lo que se considera violencia de género; recomendación que también se hizo para el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, aprobado recientemente en España. Según normativas internacionales como el Convenio de Estambul, la naturaleza de la violencia de género está basada en el género, por lo que cualquier agresión ejercida contra cualquier mujer o niña en cualquier espacio, es violencia de género. La necesidad de legislar la violencia de género en sentido amplio, incluyendo cualquier tipo de relación, independientemente de su tiempo o del conocimiento previo de los actores; es un asunto urgente. La decisión del Supremo en el caso de esta relación de 15 días, aunque sea una decisión justificada dentro del marco de la Ley actual de violencia de género, no deja de ser un error de dicha Ley.  

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