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El 17 de diciembre la Cámara de Representantes de Uruguay aprobaba el Proyecto de Ley enviado al Congreso por el Ejecutivo, dirigido a ratificar el Convenio 190 de la Organización Mundial del Trabajo (OIT) sobre la Violencia y el Acoso en el Trabajo, el documento que surgió de la última convención en Ginebra, celebrada en el mes de junio. Se trata de un convenio que incorpora cambios muy significativos en sectores tradicionalmente olvidados como el trabajo doméstico y que, según las declaraciones en rueda de prensa de Joaquín Nieto, Director de la Oficina de la OIT en España, recogidas por Europa Press “[…] dará cobertura a sectores más vulnerables y desprotegidos actualmente como son las trabajadoras domésticas”

Este nuevo acuerdo añade novedades tales como amparar a los y las trabajadoras independientemente de cuál sea su situación contractual, ampliando así su cobertura a personas que realicen pasantías, cuyo contrato haya rescindido, que sean voluntarias o que se encuentren buscando trabajo. También será de aplicación tanto en el propio lugar de trabajo como en los lugares de descanso, comida, sanitarios, vestuarios y/o los desplazamientos, programas de formación y viajes que se produzcan desde y hasta el trabajo. También contempla situaciones de acoso y violencia que se puedan dar a través de las tecnologías de la información y la comunicación.

Este convenio es el resultado de los años de trabajo y dedicación por parte de las mujeres del movimiento sindical desde que comenzaran a reivindicar algunas de las premisas que se recogen finalmente y que son consideradas avances a favor de la erradicación de la violencia de género en el trabajo. Su movimiento ha sido decisivo para que este pacto no sólo sea una herramienta internacional que aborde de forma transversal la violencia, sino que vaya un paso más allá. Algunos de estos logros más destacables son

  • El nacimiento y reconocimiento en el ámbito del derecho internacional del derecho a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso.
  • La concepción del mundo del trabajo como algo cuyas dimensiones van más allá de un espacio físico o un lugar de trabajo, sino que tiene carácter global.
  • La consolidación del vínculo entre la libertad sindical y la negociación colectiva con el fin de garantizar este derecho.
  • La inclusión explícita del sector público en el ámbito de aplicación del convenio.
  • El derecho a la igualdad y no discriminación en el empleo y la ocupación de las mujeres y las personas en situación de vulnerabilidad, quienes se encuentran afectadas desproporcionadamente por la violencia y el acoso.
  • La inclusión del vínculo de las “terceras partes” como víctimas de segundo orden y/o perpetradores de violencia.
  • Evidencias de que la violencia doméstica también tiene un impacto en el ámbito del mundo laboral, por lo que son necesarias las medidas para su erradicación.
  • Visibilizar que los procesos de organización y las condiciones del trabajo pueden contribuir a aumentar el riesgo de violencia y que es crucial tenerlos en cuenta a la hora de plantear medidas de prevención.

Uruguay tomó la iniciativa y el pasado martes se convirtió en el primer país del mundo que se suma al primer convenio en el que se reconoce que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo “pueden constituir un incumplimiento o una inobservancia de los derechos humanos así como poner en riesgo la igualdad de oportunidades, y que son inaceptables para lograr un trabajo decente, e incompatibles con este”, abriendo así el camino a otros muchos en el futuro. 

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