El abuso sexual infantil es un delito grave que puede tener efectos duraderos en las víctimas. Sin embargo, la capacidad de enjuiciar estos delitos a menudo está limitada por las leyes de prescripción penal.
Bajo el título «Justice Unleashed: Ending Limitations, Protecting Children el movimiento Brave Movement ha realizado un estudio europeo sobre cómo están los marcos judiciales para la denuncia de los abusos sexuales, e identificar qué países están protegiendo más a las y los menores, no poniendo límite de prescripción ante los abusos sexuales.
En Europa, existe una amplia gama de plazos de prescripción para los delitos de abuso sexual infantil, y algunos países han abolido el plazo de prescripción penal para estos delitos, mientras que otros han ampliado el plazo de prescripción hasta al menos los 40 años. Sin embargo, todavía hay muchos países en los que el plazo de prescripción se agota antes de que la víctima cumpla los 33 años. La divulgación tardía del abuso sexual infantil puede afectar significativamente a la capacidad de procesar estos casos, y las soluciones europeas existentes para los plazos de prescripción del abuso sexual infantil han sido criticadas por ser ineficaces para proteger a los niños y responsabilizar a los perpetradores.
Hay seis países europeos que no tienen un estatuto de limitaciones penales para la mayoría de los delitos de abuso sexual infantil. Estos países son el Reino Unido, Irlanda, Chipre, Dinamarca, Bélgica y Georgia. Hay muchos países europeos que tienen estatutos de limitaciones penales para delitos contra menores. Los períodos de limitación varían ampliamente, con algunos países habiendo abolido el estatuto de limitaciones penal para estos delitos, mientras que otros han extendido el período de limitación hasta al menos los 40 años de edad. Los países con períodos de limitación para delitos de abuso sexual infantil incluyen Portugal, Grecia, Malta, Finlandia, Lituania, Estonia, República Checa, Luxemburgo, Eslovaquia, Andorra, Ucrania, Macedonia del Norte, San Marino, Montenegro, Turquía, Serbia, Bosnia-Herzegovina, Albania, Moldavia, Armenia, Azerbaiyán, España, Alemania, Italia, Francia, Letonia, Eslovenia, Liechtenstein, Mónaco, Países Bajos, Suecia, Croacia, Austria, Hungría, Rumanía, Polonia, Suiza, Islandia y Noruega.
El informe «Justicia desatada: acabando con las limitaciones, protegiendo a los niños» recomienda varias acciones clave para abordar la cuestión del estatuto de limitaciones penales para los delitos de abuso sexual infantil en Europa. Éstas incluyen:
1. Abolir el estatuto de limitaciones penales para todos los delitos de abuso sexual infantil.
2. Establecer un estatuto mínimo de limitaciones para el abuso sexual infantil legalmente vinculante y basado en evidencia en todos los estados miembros del Consejo de Europa.
3. Asegurar que las víctimas de abuso sexual infantil tengan acceso a acciones correctivas efectivas por parte del sistema de justicia penal.
4. Brindar apoyo y recursos a las víctimas de abuso sexual infantil, incluido el acceso a asesoramiento y otros servicios.
5. Sensibilizar sobre el tema del abuso sexual infantil y la importancia de abolir la prescripción penal de estos delitos.
El informe también recomienda que se refuerce el Convenio de Lanzarote para garantizar que las víctimas de abuso sexual infantil tengan acceso a medidas correctivas efectivas por parte del sistema de justicia penal.
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