
Las acciones promovidas por el Papa Francisco para prevenir y actuar delante de los casos de abusos sexuales a menores son cada vez más precisas donde el mirar a otro lado ya no es posible.
Así es como todas las iglesias católicas deben llevar a cabo a la práctica lo que el propio Papa Francisco relató en su carta apostólica en forma de “Motu Proprio” . “Vos Estis Lux Mundi”. Desde la promulgación de la carta el pasado marzo de 2023, la aplicación de la disposición es crucial para abordar los abusos sexuales dentro de la Iglesia, haciendo hincapié en la importancia de informar de manera detallada cualquier incidente.
El artículo 3 de la disposición establece claramente que todos los clérigos, miembros de institutos de vida consagrada y sociedades de vida apostólica tienen la obligación de informar al Ordinario del lugar o a otro Ordinario designado, en caso de tener conocimiento o fundamentos para creer que se ha cometido algún acto mencionado en el artículo 1, es decir cualquier hecho que se sospeche que constituya abuso sexual.
El artículo 3 también destaca que cualquier persona, incluidos las personas fieles laicas que ocupan cargos o ejercen ministerios en la Iglesia, puede presentar un informe sobre los hechos mencionados en el artículo 1 utilizando los procedimientos indicados anteriormente o cualquier otro método adecuado.
Además, el artículo 4 de la disposición enfatiza la protección de la persona que presenta el informe. Se establece claramente que presentar un informe de acuerdo con el artículo 3 no constituye una violación del secreto de oficio. Además, se prohíben los prejuicios, represalias o discriminaciones contra aquellas personas que presenten un informe, y cualquier forma de conducta que pueda incumplir el artículo 1 §1, letra b) también está prohibida.
El hecho que se incluya en esta disposición de la protección de las personas que apoyan a las víctimas a través de la denuncia activa mediante los informes de los incidentes, prohibiendo taxativamente cualquier tipo de represalia, implica rechazar cualquier tipo de aucción considerada científicamente como violencia de género aisladora es un avance con gran impacto, porque solo se podrá erradicar la violencia sexual si se protege a quien protege.
La disposición también garantiza que aquellas personas que presentan un informe, las personas que afirman haber sido víctimas y las que son testigos no están obligados a guardar silencio sobre el contenido del informe, a menos que se especifique lo contrario en el artículo 5 § 2.
Estas nuevas medidas promulgadas por el Papa reflejan el compromiso de la Iglesia en la protección de las víctimas de abuso sexual y en la promoción de la transparencia y la rendición de cuentas dentro de su institución.
Si se lleva a cabo la aplicación efectiva de esta disposición, se fomentará un ambiente seguro y de confianza, reforzando así la protección de las personas y la lucha contra estos delitos sexuales tal y como se recomienda desde las evidencias científicas internacionales.

Directora de DF Diario Feminista. Profesora de Periodismo y Comunicación Universitat Autònoma de Barcelona.
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