ONG se alían por una Ley de Igualdad de Trato tras el compromiso ante la ONU
El 16 de julio culminó ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas el Tercer Examen Periódico Universal (EPU) al que se ha sometido el Estado español. El EPU recuerda a los Estados su responsabilidad de respetar y aplicar plenamente todos los derechos humanos y las libertades fundamentales. En la actualidad no existe ningún otro mecanismo universal como éste. Al igual que en las ediciones anteriores, entre sus recomendaciones han incluido la necesidad de aprobar una Ley integral de Igualdad de Trato en España.
El Comité de Derechos Humanos, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, ambos de Naciones Unidas, o la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI, por sus siglas en inglés) son instituciones internacionales que ya antes han incluido en varios de sus informes sobre España la recomendación de aprobar esta norma que consideran imprescindible para consolidar un régimen normativo eficaz que aborde todas las formas de discriminación que sufren muchas personas en nuestro país.
Accem, Asociación Rumiñahui, Comisión Española de Ayuda al Refugiado, Cruz Roja Española, Fundación Cepaim, Fundación Secretariado Gitano, Movimiento por la Paz-MPDL y Red Acoge son las ONG que han creado la Alianza por una Ley de Igualdad de Trato para impulsar la aprobación de esta Ley integral bajo el hashtag #DeudaConLaIgualdad.
Estas ocho organizaciones de la sociedad civil referentes en la lucha contra todas las formas de racismo, xenofobia y antigitanismo, pretenden con esta Alianza la tramitación de una Ley integral de Igualdad de Trato y No Discriminación que establezca un régimen de infracciones y sanciones, incluyendo la obligación de reparación de los daños y perjuicios causados a las víctimas, y que cree una autoridad independiente para velar por su cumplimiento y monitorizar la vulneración de derechos fundamentales.
Entre las situaciones que han expuesto, hay casos en los que cargos superiores jerárquicos de una empresa instan a su plantilla a no dar servicio a personas pertenecientes a determinados grupos, también la policía realiza identificaciones por perfil étnico, o algunos particulares que se niegan a alquilar una vivienda a personas gitanas o de origen migrante. Insisten en que todas estas situaciones no pueden denunciarse por carecer de un régimen sancionador para aquellos incidentes no constitutivos de ilícitos penales.
Por otro lado, la dificultad que entraña probar estas situaciones discriminatorias ha hecho imposible lograr una sentencia condenatoria a pesar de denunciarlas por vía penal. Es lo que ha ocurrido en casos de denegación de acceso a personas gitanas o de origen migrante a restaurantes o locales de ocio, de acoso racista por parte del vecindario, o de hostigamiento por parte de agentes de seguridad privada a mujeres gitanas en centros comerciales o supermercados.
El Código Penal ha incorporado muchas mejoras en los últimos tiempos para combatir los ataques racistas más graves que constituyen los llamados delitos de odio; sin embargo, las discriminaciones más habituales y cotidianas siguen sin ser contempladas en la normativa vigente.
Las entidades que impulsan esta Alianza conocen de primera mano las consecuencias directas de la ausencia de un marco normativo adecuado porque llevan muchos años trabajando con víctimas de distintas formas de racismo, xenofobia y antigitanismo, y saben que las vulneraciones de derechos que sufren en base a su origen «han quedado sin resarcir adecuadamente por no existir un régimen de infracciones y sanciones”. Además, han mostrado su preocupación especialmente en la situación global de pandemia en que nos encontramos, por el acceso en igualdad de condiciones a la asistencia sanitaria como derecho básico de todas las personas, con independencia de su origen o condición.
El Gobierno español se ha comprometido el 16 de julio ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, a aprobar lo antes posible esta ley en la que se “ha previsto la creación de un organismo, que tendría el carácter de autoridad para la Igualdad, encargado específicamente de promover y velar por la aplicación efectiva de esta legislación”, que contará “con autonomía y con personalidad jurídica, personal y presupuesto propio, que aplicará un régimen de infracciones y sanciones”.