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El pasado día 3 de diciembre, la Coordinadora de la UE contra el tráfico de personas, la Dr. Myria Vassiliadou, hacía público el “Second report on the progress made in the fight against trafficking in human beings (2018) as required under Article 20 of Directive 2011/36/EU on preventing and combating trafficking in human beings and protecting its victims” (Segundo informe sobre el progreso en la lucha contra el tráfico de personas como requiere el Artículo 20 de la Directiva 2011/36/EU), enfatizando: “El único camino a seguir es detener la cultura de la impunidad”. 

El trabajo realizado en el marco de este informe está en línea con los mecanismos y estrategias establecidos por la Comisión Europea para luchar contra el tráfico de personas. Dentro de estos se incluyen (1) todo el marco legal y su máximo instrumento, la Directiva 2011/36/EU; (2) la Coordinadora de la UE contra el tráfico de personas (EU Anti-trafficking Coordinator); y (3) los mecanismos orientados a maximizar y mejorar la cooperación entre los estados miembros, como son los relatores (rapporteurs) de cada estado miembro encargados de velar por el cumplimiento de la directiva o mecanismos equivalentes.

Este segundo informe presenta los patrones emergentes basados en los datos existentes hasta el momento, y las tendencias y las acciones que se están desarrollando por la Comisión Europea en el Marco de la Estrategia de la UE para la erradicación del tráfico de personas 2012-2016 y otras acciones llevadas a cabo para implementar en todos los estados miembros de la UE la Directiva 2011/36/EU. Cabe destacar que para la elaboración de este informe se han tenido en cuenta, además de datos recogidos de organismos públicos como Europol, datos y contribuciones aportados por organizaciones de la sociedad civil que forman parte de la Plataforma de la sociedad civil contra el tráfico de personas de la UE y la Plataforma virtual, como es el caso de la Asociación Gitana de Mujeres Drom Kotar Mestipen.

Alguno de los patrones y tendencias identificadas durante el bienio 2015-2016 son los siguientes:

  • En la UE se han identificado 20532 víctimas de trata.
  • En este período se han realizado 5979 procesos judiciales y 2927 condenas por tráfico de seres humanos.
  • 7503 personas tuvieron contacto formal con la policía o con el sistema de justicia penal, sea por haber sido acusadas como sospechosas, detenidas o advertidas de cometer un delito penal relacionado con la trata de seres humanos.
  • Más de la mitad (56%) del tráfico de seres humanos se realizó con fines de explotación sexual, y ésta sigue siendo la forma más generalizada de tráfico de personas. Alrededor de un cuarto de las víctimas de tráfico (26%) lo fue con fines de  explotación laboral, mientras que otras formas (como la mendicidad forzada, la extracción de órganos) constituían el resto (18%).
  • La mayoría (61%) de las víctimas registradas de la trata con fines de explotación laboral se encuentran en el Reino Unido. De aquí que los datos de Reino Unido modifican significativamente la proporción de trata con fines de explotación laboral a nivel de la UE. Si se excluye de los datos generales el caso de Reino Unido, las proporciones dentro de la UE son las siguientes: sexual 65%, laboral 15% y otro 20%.
  • Las mujeres (mujeres y niñas) continúan siendo más de 2/3 (68%) de las víctimas registradas (excluyendo el caso de Reino Unido, las mujeres víctimas aumentan al 77%).
  • Los niños y niñas constituyen casi una cuarta parte de las víctimas registradas (23%).
  • Un 44% de las víctimas registradas son ciudadanas de la UE.
  • La mayoría de las víctimas de la UE provienen de Rumania, Hungría, Holanda, Polonia y Bulgaria.
  • De las víctimas registradas que no son de países de la UE, la mayoría provienen de Nigeria, Albania, Vietnam, China y Eritrea.

Con todo, cabe tener en cuenta la complejidad que requiere recoger estos datos, y que probablemente están estimados a la baja. En otras palabras, muchas de las víctimas continúan sin ser reconocidas como tales y no están incluidas en estos datos.

Por otra parte, algunos de los patrones y tendencias emergentes sobre tráfico y que se recogen en el Informe son los siguientes:

  • El tráfico interno dentro de los territorios de los países miembros se está incrementando.
  • La edad de las víctimas registradas es cada vez menor, lo cual indica la especial situación de vulnerabilidad de niños y niñas.
  • Los niños de países de Europa del Este y especialmente los niños gitanos continúan siendo quienes están en mayor situación de vulnerabilidad.
  • Cada vez más los explotadores ponen en su punto de mira a mujeres embarazadas, con el propósito de vender a los recién nacidos.
  • El tráfico de órganos o la extracción de tejidos humanos, y el matrimonio infantil, así como las personas con discapacidades físicas y de desarrollo, también son patrones emergentes en el global de las situaciones de tráfico;

El informe acaba remarcando que el tráfico de personas continúa estando caracterizado por la impunidad de los perpetradores y de aquellos que explotan a las víctimas. Por otra parte,  el número reducido de personas que han sido juzgadas por crímenes de tráfico de personas, así como el número de víctimas registradas, apuntan a la necesidad de continuar mejorando los mecanismos de recogida de datos, de identificación de las víctimas, de investigación y de los procesos judiciales.

Este informe es un paso más para dejar en evidencia este problema que afecta a nuestra sociedad, visibilizando a las víctimas, y por el que se está luchando desde la sociedad civil y diferentes organismos de la UE para detener la cultura de la impunidad en el tráfico de personas

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