La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha declarado la nulidad de los Estatutos del Sindicato Organización de Trabajadoras Sexuales (OTRAS) al contemplar que la prostitución no puede ser objeto de un contrato de trabajo válido. Según las fuentes oficiales de la Audiencia Nacional, se han contemplado parcialmente las demandas presentadas por la Comisión para la Investigación de Malos Tratos a Mujeres y para la Plataforma 8 de Marzo de Sevilla.
Según la sentencia, los estatutos quedan impugnados por encubrir lo que iba a suponer, si se legaliza la prostitución, dar como lícito el proxenetismo, cuando este se encuentra tipificado como delito en el Código Penal.
Con esta sentencia se ha conseguido frenar la posibilidad a los proxenetas de legalizar una de las peores esclavitudes que siguen estando presentes en nuestro siglo, la explotación sexual de mujeres y de menores. Pero es necesario avanzar más, conseguir aplicar medidas efectivas para erradicar esta esclavitud y garantizar la seguridad y el bienestar de miles de mujeres que en este momento están siendo explotadas. Actualmente disponemos de evidencias científicas que explican como se puede contribuir a ello.
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