La custodia compartida es un tema de actualidad y sobre el que hay opiniones encontradas. En algunas comunidades autónomas, ya es la opción que por defecto propone la ley. Hoy hablamos con Elena Sagaseta, de la Asociación Clara Campoamor, acerca de este tema tan importante.
¿Cuál es tu opinión acerca de la custodia compartida?
Para empezar, me gustaría aclarar qué es la patria potestad y qué es la guarda y custodia. Por guarda y custodia se entiende vivir, cuidar, asistir a los hijos e hijas, velar por ellos y ellas y tenerlas en su compañía. Puede ser atribuida a uno de los cónyuges, compartida entre ambos/as o, de forma excepcional, a una tercera persona. La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que la ley otorga a los padres sobre la persona y bienes de sus hijas o hijos no emancipadas. Se ejerce siempre en beneficio del o la menor.
La posición que defendemos desde el movimiento feminista, y concretamente desde la Asociación Clara Campoamor, respecto a la custodia compartida es clara; estamos a favor siempre que sea de mutuo acuerdo entre las partes, real y práctica, que exista voluntad de las partes para llegar a acuerdos en términos de beneficios de los y las niñas, así como que signifique el máximo bienestar a nivel bio-psico-social de los y las menores. Jamás cuando exista situación de violencia de género o por decisión judicial porque no haya acuerdo y voluntad entre las partes.
¿Qué relación ves entre el cambio a una custodia compartida y la situación social?
El cambio de una guarda y custodia que generalmente recaía sobre la mujer, como referencia real y práctica de cuidados, a una guarda y custodia compartida no ha resuelto la realidad social actual, donde la implicación de los hombres en el ejercicio de las responsabilidades familiares y domésticas es muy baja. Conclusión que se puede desprender de los datos de la encuesta de usos del tiempo del INE. La falta de implicación de los hombres en la atención y cuidado de personas dependientes, incluyendo a los y las menores, afecta a la práctica totalidad de las familias, independientemente de que se encuentren en situación de ruptura. Por ello, la imposición de una guarda y custodia no va a resolver esta cuestión. Tampoco se puede exigir a nuestros niños y niñas que sean el motivo mágico que provoque el cambio de esta realidad. Es decir, una imposición no va a garantizar que los hombres que no han participado en el cuidado de menores hasta ese momento vayan a variar esa realidad y además que quieran hacerlo.
Actualmente, hay propuestas a favor de la custodia compartida por defecto y en alguna comunidad ya se hace así por ley. ¿Cuál es tu opinión?
Con la actual regulación, la custodia compartida es posible incluso sin acuerdo, destapando nuevamente la fractura entre el interés superior del niño y los derechos y obligaciones de sus progenitores/as. La imposición en un momento de máximo conflicto, como es la ruptura de una relación, supone una sobrecarga de difícil cumplimiento, ya que no se garantiza de ninguna manera su aplicación real y efectiva ni la resolución de necesidades para llevarla a cabo (vivienda, economía, tiempos, acuerdos, disponibilidad…). Tan solo sirve para elevar el nivel de conflicto y malestar, que repercute directamente en el bienestar de los y las niñas. Es más, tendremos que responder a las generaciones a las que se les ha impuesto este régimen y que sufren sus consecuencias.
¿Nos puedes comentar un poco más sobre tu posición en los casos de violencia de género?
Desde la Asociación Clara Campoamor defendemos la prohibición de establecer una guarda y custodia compartida en las situaciones de violencia de género ya que consideramos que un hombre maltratador no puede ser un referente positivo para los y las niñas. Los hombres que maltratan se creen con derechos ya que es lo que han aprendido. Bancroft (1998, p. 18-19) dice: […] El maltratador se cree con derecho: “se considera a sí mismo con derechos y privilegios especiales no aplicables a los otros miembros de la familia. Cree que sus necesidades deben estar en el centro de la agenda familiar, y que todos deben centrarse en hacerle feliz,…que el trabajo doméstico y el cuidado de los niños debe ser hecho por otra persona, y que cualquier contribución suya a estas labores debe ser especialmente apreciada y admirada. Es muy exigente. Es irrespetuoso: considera a su pareja menos competente, sensible e inteligente que él, a menudo la trata como si fuera un objeto. Manifiesta su sentido de superioridad en la casa de varias maneras. El principio unificador es su sentido de la propiedad….”.
¿Quieres añadir algo más?
Entendemos que la guarda y custodia compartida es la fórmula más adecuada, sin embargo todavía no se da el contexto para ello ni se han articulado los medios para que su puesta en práctica responda a las necesidades de nuestros y nuestras niñas. Si el contexto fuese otro, quizás estaríamos ante una sociedad igualitaria y justa. En 2018, el 93´33% de las excedencias solicitadas para el cuidado de niños y niñas provienen de mujeres, que es nuestra realidad actual.
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