La Renta Básica “Universal” (RBU), Renta Garantizada de Ciudadanía o como deseemos llamarle en función del contexto en el que se plantea, genera una serie de interrogantes claves en su posible aplicación, por parte de economistas, ciudadanía, feministas, investigadores/as, etc.
Como idea teórica en general plantea algunas resistencias fundamentales. En primer lugar, hay autores como el sociólogo americano Eric Olin Wright en su artículo Basic Income as a Socialist Project Basic Income as a Socialist Project, entre otras y otros que conciben la RBU como un sucedáneo a la pobreza, pero no una solución real capaz de transformar las situaciones de desigualdad en condiciones de igualdad de oportunidades para todo el mundo. He aquí, cuando nos planteamos, ante esta posible alternativa si el objetivo es crear las condiciones materiales para que todo el mundo pueda tener las mismas oportunidades, con lo cual creamos un mundo igualitario o, por lo contrario, intentamos desarrollar sistemas de ayudas universales de modo que solucionamos problemas puntuales a las personas que más lo necesitan sin darles la oportunidad de superar su condición de desigualdad.
Una de las principales características que según algunos autores y autoras sociólogas y economistas tienen que tener las soluciones económicas a la desigualdad es ser emancipadoras. Es decir, que no supongan nuevos vínculos de dependencia entre las personas y las instituciones que las suministran, sino que supongan una autonomía real de las personas. Con lo cual, algunas de las propuestas que se plantean ante el debate sobre la RBU, es cambiarlo por un techo, agua y luz garantizados, en vez de una dotación monetaria, aparte de los servicios básicos de los sistemas de bienestar como son la educación y la sanidad. El efecto dependencia perjudica las políticas activas de creación de trabajo, una de las preocupaciones internacionales sobre la posible aplicación de la RBU.
Desde la perspectiva feminista, autoras como Patricia Schulz plantean uno de los principales problemas que puede suponer la RBU para las mujeres; la invisibilidad de las tareas reproductivas y de curas. Tareas que hasta el momento el Estado no ha asumido ni visibilizado, relegando toda responsabilidad a las mujeres, las que tienen que hacer jornadas laborales dobles entre la cura de sus familiares, del hogar, sin remuneración alguna y su trabajo remunerado fuera de casa. O aquellas que tan solo tienen sus trabajos de curas sin remuneración o con remuneración en negro y en condiciones muy precarias, como las camareras de habitación de hoteles, etc. Las feministas llevan muchos años luchando por la regularización de los trabajos precarios que asumen de forma directa las mujeres y ahora, el debate de la RBU genera miedo ya que la remuneración de la RBU no puede ser una excusa para no asumir estas tareas y remunerarlas como tales, con o sin RBU. En caso de que se aplicase la renta básica sin la regularización y remuneración previa de los trabajos reproductivos y de curas, significaría el aumento de la precariedad femenina. Es por eso por lo que autoras como Shulz, plantean la necesidad previa de generar normativas que garanticen a todas las mujeres las condiciones dignas de trabajo remunerado evitando que queden fuera del sistema, dependientes de la lógica asistencial.
Por otro lado, una nueva hipótesis que añade interrogantes a la RBU desde la perspectiva de género es la desigualdad que se puede generar en las relaciones donde hay violencia de género (VdG). La RBU podría suponer un mecanismo de control de los hombres maltratadores hacia sus víctimas, los que con la excusa de que ellas ya están cobrando una remuneración no les hace falta salir al mercado laboral a ganarse un sueldo que les permita emanciparse y generar vínculos que podrías ayudarlas a salir de las relaciones de sumisión. Esa medida de control conllevaría el aislamiento de las mujeres víctimas de VdG, a merced de los maltratadores.
Aunque la primera preocupación está ampliamente estudiada mientras que la segunda es un nuevo interrogante que plantean autores y autoras feministas, todos y todas las que se han preocupado por la RBU en perspectiva de género, se remiten a los acordes internacionales, sobre igualdad y género; International Labour Organization (ILO) en su recomendación 202 del 2012 sobre la protección social, los Sustainable Development Goals (SDGs) aprobados en septiembre de 2015 por parte de todos los países miembros de las Naciones Unidas, donde se especifica la importancia de los derechos humanos, el International Covenant on Economic, Social and Cultural Rights en los artículos 11, 12, 13 i 14, en la Convention on the Elimination of All forms of Discrimination Against Women (CEDAW) y por supuesto en la Universal Declaration on Human Rights, en sus artículos 3, 22, 23 y 25. Todos ellos hablan de superación de la pobreza, reducción de desigualdades y conseguir la igualdad plena de género. Aunque después de los acordes internacionales los países miembros algunas veces los ignoran o se quedan muy lejos de conseguir los objetivos planteados.
En el caso de la RBU el debate internacional está servido, con pocas experiencias de su aplicación, países como Suecia, Brasil o Alaska tratan de desarrollarla siguiendo prácticas distintas, pero por lo menos, han superado ya el debate teórico.
Como todos los cambios económicos y sociales, la RBU plantea un nuevo reto para las mujeres de todas las condiciones, del que aquí se pretenden esbozar algunos de los principales riesgos o interrogantes, con el objetivo de seguir avanzando en el debate y dar respuestas contrastadas a los interrogantes que vaya surgiendo.
Para citar este artículo:
Joanpere, Mar (2018). Retos de la renta básica en perspectiva feminista. Está licenciado bajo una licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional License, y disponible en http://eldiariofeminista.info/2018/04/23/retos-de-la-renta-basica-en-perspectiva-feminista.
Coordinadora del Metoo University
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